ONCE REMEDIOS LEGALES PARA LAS EMPRESAS FAMILIARES

Del nuevo Código Civil y Comercial y de la Ley General de Sociedades, resulta la posibilidad de aplicar los siguientes once “remedios legales” para las empresas familiares :

1.-PACTOS DE PROTOCOLO

Son contratos entre los miembros de la familia empresaria que confieren valor legal a ciertas cláusulas del protocolo de empresa familiar existente, que solo poseen valor moral.

2.-CONVENIOS DE ACCIONISTAS

Son contratos entre los socios de una empresa familiar que se celebra cuando todavía no hay protocolo familiar, para reglamentar con valor legal los derechos y obligaciones de cada uno respecto de la empresa.

3.-PACTOS DE HERENCIA FUTURA

Son acuerdos de padres e hijos con valor legal para dejar la empresa familiar como herencia solo a los hijos que tienen vocación de continuarla y compensar a los demás con otros bienes

4.-DONACIONES CONSENTIDAS

Son transmisiones en vida de la propiedad de cuotas, acciones u otros bienes de los padres a los hijos que, cumpliendo ciertas condiciones legales, no pueden ser reclamadas por los otros hijos después del fallecimiento.

5.-REFORMAS DE ESTATUTOS INCORPORANDO CLÁUSULAS ESPECIALES.

Mediante una reforma aprobada por mayoría de socios se incorporan al texto del contrato o estatuto social cláusulas especiales para impedir el ingreso como socios de terceros, ex cónyuges o herederos no deseados, separar el poder de cada rama familiar, superar el empate, evitar la judicialización de los conflictos, conferir mayor libertad para pagar honorarios o constituir reservas, obligar a los nuevos socios firmar el protocolo familiar, valuar y liquidar la parte del socio saliente, etc.

6.-REGLAMENTOS SOCIETARIOS

Son normativas internas de la sociedad familiar que deben ser aprobadas por los socios y pueden reglamentar el funcionamiento del directorio y/o de la asamblea, el trabajo de familiares en la empresa y demás temas internos con valor legal.

7.-REESTRUCTURACIONES SOCIETARIAS.

Consiste en la creación o escisión de la empresa familiar en varias sociedades, que pueden ser unipersonales, para diversificar los riesgos del negocio y reducir el alcance de los conflictos familiares. Puede crearse una sociedad “holding” integrada por los familiares, sociedades “operativas” y sociedades “inmobiliarias”.

8.-FIDEICOMISOS FAMILIARES

Consisten en la creación de patrimonios separados, a los cuales los padres transfieren la propiedad de las acciones o cuotas de la empresa familiar para que, durante 30 años, sean administradas por un fiduciario (que puede ser familiar) cumpliendo las instrucciones del protocolo familiar y, a su término, sean transferidas a los hijos designados sin necesidad de incorporarlas a un proceso sucesorio

9.-CONTRATOS DE SEGURO.

Se trata de seguros de vida que, en caso de fallecimiento de un socio, permiten contar con fondos para comprar su parte a su cónyuge y herederos si no se desea incorporarlos a la sociedad

10.-MATRIMONIOS POR SEPARACION DE BIENES

Son acuerdos celebrados antes, al momento o después de la celebración del matrimonio, que tienen por efecto, en caso de divorcio, que el cónyuge no familiar de un socio no pueda reclamar ningún derecho sobre la empresa familiar.

11.-TESTAMENTOS DE PLANIFICACION

Son actos formales y personalísimos de los fundadores con valor después del fallecimiento, por los cuales pueden dar mayor poder o propiedad a los hijos con vocación de continuar la empresa familiar, o disponer la indivisión de la empresa por diez años más, entre otras previsiones.

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