Por Lucía Spagnolo
¿Cómo impactan las nuevas tecnologías en la moda? ¿Son suficientes los actuales mecanismos legales para proteger a los creadores? ¿Debe la moda ser sensible a la sustentabilidad ecológica y social? ¿Están cambiando las preferencias de los consumidores? ¿Cuál es la situación en Argentina y en otros países de Latinoamérica?
Para atender, debatir y contestar estos y muchos otros interrogantes tuvieron lugar, los días 21 y 22 de Agosto pasado, la “Segunda JORNADA ARGENTINA DE DERECHO Y MODA” y la “Primera Jornada LATINOAMERICANA DE LOS NEGOCIOS EL DERECHO EN LA INDUSTRIA DE LA MODA”, realizadas en el Palacio Balcarce de Buenos Aires, en la que tuve la oportunidad de participar como coordinadora.
Fueron dos días de intenso estudio en relación a la situación actual de la industria de la moda, y como es el tratamiento actual del derecho en los diversos aspectos de la actividad. Asimismo fue materia de indagación la relación de las nuevas tecnologías respecto a la imagen en la moda. Otro tema de importancia ha sido la comunicación a través de los medios que dan tratamiento a los diversos aspectos de la moda, como cada conductor tiene responsabilidad por los contenidos que transmite en relación a ello.- Y como broche de oro, se ha tratado el nuevo paradigma en relación a la reconversión de la industria de la moda, como actividad sustentable, la importancia de los cambios societarios en materia responsabilidad social, como la transcendencia inclusiva de sectores discriminados, texturas de desecho que se convierten en reciclables confeccionando prendas nuevas. Y la posibilidad de responsabilizar a las marcas en materia penal, por una nueva teoría denominada de la injerencia.
Ni bien se comenzó a tratar este tema los estudios académicos en materia jurídica se alegaba que el derecho solo pueden ocuparse de las relaciones de convivencia social, la justicia, los derechos humanos, pero ha quedado en claro que los investigadores jurídicos se deben ocupar de amalgamar la actividad de la moda, lejos de entender de que sea algo superficial.
Las marcas de moda, son principales productoras de cambios sociales, ya sea desde la perspectiva del consumidor, como la visualización y responsabilidad que les cabe por contrataciones o subcontrataciones de talleres clandestinos, debiendo ser custodios de la erradicación de los mismos, así como la necesidad que tienen de controlar las relaciones de las personas que ingresan en forma lesiva como las denominadas trata de personas.
He adelantado que la moda es algo muy serio. ¿Qué importancia tiene la industria de la moda, en Argentina, en el mundo? La moda se despliega más allá de la indumentaria, es un cambio social específico. La industria de la moda y el lujo constituye una actividad económica mayor que representa el 6% de la producción mundial, lo que supera al 4% de la industria automotriz y el 3% del sector de telecomunicaciones. Además es un objeto social donde se entrecruzan arte e industria y el derecho. Es un hecho social total, porque toca lo humano en su totalidad, y total porque es un hecho artístico, económico, político sociológico. En el ámbito local, y en relación al derecho de trabajo en materia de la industria de la moda en 1941 se sancionó la Ley 12713 que pretendía regular el trabajo a domicilio, y luego la Ley 25871 que trató de evitar que se promueva o facilite la permanencia ilegal de extranjeros para obtener beneficios de ellos. Esa finalidad no logró evitar que por diversas razones la macro economía y por decisiones de avaricia empresarial se crearan cientos de talleres clandestinos. Trabajo en negro y esclavitud, porque ocurre y como intentar evitarlos.
La socióloga experta en moda Susana Saulquin, en relación hacia dónde va la tendencia global de la moda, y las características actuales de la industria, teniendo presente, que las apariencias forman parte de la competencia política y cree que la sustentabilidad, lo alternativo y las campañas globales contra el trabajo esclavo marcan el futuro de lo textil. Y que cambios considera que se vienen en el universo de la industria textil en nuestro país. El crecimiento del cooperativismo, el centro de indumentaria en Barracas impulsado por el INTI y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, es una iniciativa interesante. Un espacio que toma a los talleres recuperados, se los protege hasta que estén capacitados para salir al comercio. El diseño de autor, si bien comenzó a gestionarse en los últimos 10 años en nuestro país, a la fecha resulta costoso, coexistiendo en la actualidad con un movimiento nuevo, que crece día a día, dado que las personas tienen inquietudes para gestionarse y realizarse sus propios atuendos.
Y Gustavo Vera, legislador, docente, creador o impulsor de la Fundación La Alameda, ferviente defensor del trabajo textil sustentable y denunciante de trabajo esclavo y trata de personas, claramente sintetizó que es un tema que debe ser erradicado, y para ello debemos trabajar todos, dado que en la actualidad estos dos temas aberrantes existen debido a la concatenación de responsabilidades.
Se analizó también el tratamiento de los fallos penales en la materia, en relación a los que han llegado a la Cámara de Casación Penal, sin encontrarse por ahora una sentencia definitiva de la Corte Suprema de Justicia que haga pasible de responsabilidad a las grandes marcas que contratan o subcontratan a talleristas para la confección de su producto.
Y en relación a ello, también fue motivo de tratamiento, una teoría que viene cimentando un profesor argentino, mediante la cual las marcas pueden ser penalizadas precisamente por la injerencia que tienen en forma directa o indirecta en la manda de confeccionar un producto, por lo cual no podrían desentenderse de la relación que tienen en modo directo o indirecto con los trabajadores que realizan dichas tareas.
La RED Argentina del Pacto Global y EL Centro Textil sustentable, el código de conducta y manual para los textiles y la moda, fue traído como tema de cambio a través de Miguel A. Gardetti, porque precisamente sin la transformación de esta actividad, será imposible la protección del medio ambiente, teniendo como consecuencia la continuación de desastres naturales y avasallamientos de derechos de los individuos tales como el producido recientemente en el año 2013 con el incendio del Shopping de Bangladesch.
Se viene un cambio y reconversión en la Industria de la moda. Puede haber niveles de desempeño sustentable sobre la industria de la moda. Los asuntos ecológicos y sociales son sistemas que se extienden más allá de las industrias individuales. Entonces podemos decir cómo puede haber un cambio en el mundo a través de la moda, como la moda y la industria del vestir contribuyen al desarrollo sustentable. Y algunos puntos del Código de Conducta, que me parecieron importantes del Pacto Global sustancialmente respecto a protección de derechos humanos, laborales medio ambiente anticorrupción, tales como apoyar y respectar la protección de los derechos humanos no ser cómplice de abusos de derechos, eliminar el trabajo forzoso, abolir cualquier forma de trabajo infantil, eliminar la discriminación en materia de empleo y ocupación. Apoyar el enfoque preventivo frente a los retos medio ambientales. Los negocios deben actuar en contra de la corrupción en todas sus formas, incluyendo la extorsión y el soborno.
Como conclusión resalto, que en contraposición a la moda fast fashion, generada hace unos 20 años en Londres, cuál fue su máxima imponer en los consumidores compras compulsivas en forma semanal o diaria de prendas de bajo costo, sin tener presente los daños a las cosas o a las personas que ello generaba, hoy los consumidores deben captar el efecto Slow Fashion que fundamentalmente las marcas deben hacerse cargo de las responsabilidad en las que incurrieron por masificar sus prendas sin importarles los sometimientos que provocaron en materia de derechos humanos, derechos laborales, medioambiente. Tal es así que ya en materia de responsabilidad social, el cambio es radical. Es que aun siendo poco optimista, que desde ya adelanto no es mi caso, estoy convencida de que el cambio es hoy, se encuentran diversos proyectos de reformas legislativas en materia de empresas B, y en particular, en materia de sociedades, habida cuenta que es necesario que aquellas industrias existentes o las que se inicien hagan un programa modificatorio del actual concepto de extracción de utilidades como fin inmediato. Esto es en pocas palabras, que sin perjuicio de que las empresas tengan como principal concepto obtener ganancias de su inversión, dicho concepto, este en el mundo relegado, por una parte por el capitalismo que ha sido salvaje, y por otro la mala fama de los empresarios en ese contexto, es que el modo de atemperar dicho principio ha tenido una recepción inigualable habida cuenta que se debe relegar el reparto de utilidades, por una visión a mediano o largo plazo. Ergo si la empresa que tiene efectos loables o no en el sitio en que se encuentra instalada, ha provocado o producido algún daño de tipo ecológico, o eventualmente no responde con determinadas pautas de responsabilidad ambiental, social, en la actualidad, el accionista sigue exigiendo el retiro de utilidades sin importar la responsabilidad que le ha incumbido. Por el contrario el actual concepto de empresa B, acarrea una manifiesta importancia dado que el objeto de una sociedad de este tipo o aquellas existentes cuales deberían modificarse estatutariamente, teniendo como finalidad social, ecológica, sustentable, de manera elocuente atendiendo y una mejoría en cuando al medioambiente donde los stockeholders se encuentren directa o indirectamente afectados por la sociedad. En conclusión, la respuesta a la pregunta inicial es afirmativa y estamos en un proceso de cambio, hacia una mayor sustentabilidad y protección, del que todavía no se vislumbra el final.
Trabajo en PDF: [btn link=http://www.favierduboisspagnolo.com/fds2/wp-content/uploads/2016/02/DERECHO-Y-MODA.-PERIODISTICO.-2.docx]Descargar[/btn]
Holaa, me gustaria tener acceso al trabajo en pdf, me seria muy util para mi tesis de diseño de indumentaria y textil , graciass