Acciones atípicas que puede iniciar el síndico en la quiebra de la sociedad anónima por incumplimiento de normas societarias y contractuales

«Acciones atípicas que puede iniciar el síndico en la quiebra de la sociedad anónima por incumplimiento de normas societarias y contractuales» en «De la Insolvencia.II Congreso Iberoamericano», Ed. Advocatus, Córdoba, Septiembre 2000, tomo II, pág. 451.

PONENCIA:

El incumplimiento de normas societarias y contractuales en la constitución y funcionamiento de la sociedad anónima fallida permite al sindico concursal el inicio de acciones «atípicas» contra accionistas, controlantes, administradores y/o terceros.
Tales acciones solo exigen un cuidadoso estudio de los antecedentes societarios, y/o elementales investigaciones, no requieren autorización previa de los acreedores para su promoción,y constituyen un medio alternativo y eficaz de allegar fondos a la masa.
Se mencionan once (11) posibles acciones atípicas sometidas a la consideración del Congreso.

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