Por: Eduardo M. Favier Dubois (H).
Se discute en la actualidad, con relación a las obligaciones contraídas en moneda extranjera, quién debe hacerse cargo de pagar la brecha entre el dólar oficial y el dólar libre, derivada del denominado “cepo cambiario”.
No existe todavía una jurisprudencia unánime y los tribunales ponen la carga de la diferencia por momentos sobre el acreedor y en otros sobre el deudor, como ocurre en el fallo comentado.
La reciente declaración de inconstitucionalidad del “cepo cambiario”, por ser contrario a la política legal del Congreso, abre la puerta para que, en cualquier caso, el afectado por la diferencia pueda accionar por responsabilidad contra el Estado.
Trabajo en PDF LA LEY. COMENTARIO AL FALLO COOPERATIVA C.MICHELICH. OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA
FALLO en PDF FALLO COOP.DE VVDA C. MICHELIC. LA LEY
Muy interesantes los comentarios sobre temas actuales
Si es posible pueden enviarme «Las emociones del empresario frente a la insolvencia?
Gracias
Prof. Estela Folino